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Bienvenido al Blog no oficial del Grupo Iberia

Este Blog nace con la intención de ofrecer a los empleados de la compañía las últimas novedades y noticias que surgen en el entorno del Grupo Iberia l.a.e.

La idea es crear un foro que sea "alimentado" por empleados de distintas áreas de la compañía, para comunicar las noticias que consideréis de interés en vuestro ámbito de trabajo.

Si queréis colaborar incluyendo aquellas noticias que surjan en el ámbito de tu trabajo, puedes contactar conmigo en mi e-mail personal pp183r14@gmail.com, o a través del teléfono corporativo 77776.

Ya seas de vuelo o tierra, de oficinas o aeropuertos, de Central o de Gerencias, aquí tienes tu espacio si lo deseas.

Saludos cordiales.
Pepe

domingo, 22 de febrero de 2009

Va hacia delante el ERE de Iberia?

ACTUALIZACIÓN DEL POST ERE IBERIA LAE 2009 (26/11/09)

Confirmado ¡¡¡¡¡

El personal de Iberia perteneciente al área de Comercial y Clientes que estaba pendiente de la aplicación del E.R.E. de IBERIA 2009 para mayores de 58 años, han comenzado a recibir la comunicación oficial de su fecha prevista de prejubilación (31/12/09)

Enhorabuena¡¡¡

Saludos cordiales,

Pepe



Según algunas fuentes sindicales, nos han hecho saber que es probable que el ERE de Iberia, inicialmente planteado para el área de Handling, puede tener su extensión para el resto del personal que están implicados en otras áreas de la compañía, y que podría comenzar a hacerse efectivo a partir de finales de May/09 y el mes de Jun/09.

Me permito recordaros que no es más que un rumor, y que por tanto deberemos permanecer atentos a las nuevas noticias sobre las que se pronuncien los represnetantes sindicales y la propia compañía.

Saludos Cordiales,

Pepe

2 comentarios:

Anónimo dijo...

Hola:
Soy empleado de IBERIA, con contrato en vigor, en excedencia desde 1990.
Tengo derecho a participar en algún ERE??
Gracias

Pepe dijo...

Hola Anónimo, y gracias por visitar este Blog.

Hasta donde yo conozco, la aplicación del Expediente de Regulación de Empleo se ha hecho a finales de 2009, se ha aplicado a trabajadores de la compañía en activo, con edad igual o superior a 58 años, de común acuerdo entre trabajador y empresa.

Tu situación de excedencia no creo que pueda ser considerada como de trabajador en activo, ya que se produce un parentesis en la relación laboral entre el trabajador y la empresa.

No obstante, y ya que mis conocimientos legales sobre este asunto son muy limitados, te recomendaría que te pusieras en contacto con la Dirección de Recursos Humanos de la compañía, o los representntes sindicales, qunes podrán ofrecerte una opinión más documentada que la que yo pueda aportarte.

Recibe un cordial saludo.

Pepe